¿Cuáles son las causales de eliminación por rendimiento académico?

El artículo 31 del Reglamento de Estudios (RRE), indica que corresponden a las causales c y d

c) Haber acumulado un total de cuatro asignaturas reprobadas en segunda oportunidad.
d) Haber reprobado una asignatura en tercera oportunidad.


¿Si fui eliminado por rendimiento académico hay alguna opción de reintegrarse a la carrera?

Existe una sola opción, la que se contempla en el artículo 32 del RRE “El alumno que incurriere en la causal c) o d) del artículo precedente que haya aprobado al menos el 75% de los créditos ECTS de su Plan de Formación, tendrá derecho a recuperar, por única vez, la calidad de alumno.

Para efectos de lo indicado en el párrafo precedente, el alumno deberá elevar una solicitud ante el Decano respectivo, dentro de los plazos establecidos en el calendario académico para los procesos correspondientes al semestre inmediatamente siguiente a aquel en que se produjo la eliminación.

De ser aquella aceptada, el estudiante deberá hacer efectiva su matrícula en el período académico siguiente; en caso contrario perderá vigencia dicha aceptación

¿En qué consiste el artículo 21 del RRE?

Este indica: “Los estudiantes que hayan cursado el primer año de sus respectivas carreras, podrán solicitar en su Escuela a contar del segundo año, que se deje sin efecto la inscripción de una asignatura o módulo anual del respectivo año académico, o de una asignatura o módulo semestral en cada semestre del mismo año”…..

“Las solicitudes indicadas en el párrafo precedente, deberán ser presentadas en la fecha establecida en el Calendario Académico” (hasta el 20 de junio, para el 1er. Semestre 2014 y hasta el 21 de noviembre para el 2do. semestre). …..

”No obstante, el Consejo de Facultad respectivo, o el Consejo de Escuela en el caso de aquellas no adscritas a Facultad, podrán determinar asignaturas o módulos no susceptibles de eliminación”

¿Puedo faltar a una evaluación?

El artículo 28 del RRE indica lo siguiente: “El alumno podrá faltar a una sola evaluación principal programada en cada asignatura, en cuyo caso podrá rendir una nueva evaluación en su reemplazo, conforme a lo señalado en el respectivo programa de trabajo o syllabus, según corresponda.

Sin perjuicio de lo anterior, el Decano, previa solicitud de la Unidad interesada, podrá autorizar que aquellos alumnos que participan en actividades en representación de la Universidad, rindan una nueva evaluación en la forma y condiciones establecidas por el profesor respectivo”.

¿Cuáles son los requisitos de Titulación?

Para optar al Título de Ingeniero en Mecatrónica, el estudiante deberá APROBAR 316 ECTS (Plan 11) ; 313 ECTS (Plan 44), conformados por:

• Todos los módulos de su Plan de Formación (Plan 11: 302 ECTS; Plan 44: 299 ECTS).

• Dos Módulos de Desempeño Integrado de Competencias ( DIC) (Prácticas pre-profesionales)(12 ECTS).

• Dos módulos de práctica deportiva (2 ECTS).

¿Cómo se determina la calificación con que se otorga el Título?

La calificación final con la que se otorgue el Título Profesional de Ingeniero en Mecatrónica, será el resultado de las calificaciones y ponderaciones respectivas que se señalan a continuación:

• Promedios de las calificaciones, ponderadas según créditos ECTS, de la totalidad de los módulos del Plan de Formación, exceptuando el módulo Memoria de Titulación: 65%.

• Calificación del módulo Memoria de Titulación: 20%.

• Promedio aritmético de las calificaciones de los módulos de Desempeño Integrado de Competencias (DICs): 15%

¿Cuánto tiempo dispongo una vez egresado para cumplir con los requisitos para obtener el Título?

El artículo 35 del RRE, define ese plazo: “El egresado tendrá un plazo de cuatro semestres académicos, a contar de la fecha de egreso, para cumplir con los requisitos de titulación o graduación, y con lo establecido en el Reglamento de Aranceles y Matrícula.

Si, transcurrido el plazo indicado, el egresado no ha completado dichos requisitos, podrá solicitar al Decano se le otorgue un período adicional por única vez.

¿Mi Plan de Formación otorga algún grado académico?

Afirmativo. Tanto el Plan 44 como el Plan 11 otorgan el Grado de Licenciado en Ciencias de la Ingeniería. Para optar a este Grado académico, el estudiante debe aprobar todos los módulos de su Plan de Formación hasta el octavo semestre.

¿Qué es un crédito ECTS?

Es una unidad que sirve para medir el trabajo académico de un estudiante. La sigla significa, European System Transferable Credits (sistema europeo de créditos transferibles).Un ECTS equivale a 27 horas de trabajo de un estudiante (incluye trabajo presencial en el aula y trabajo autónomo). En nuestro país esta unidad se ha reemplazado por los SCT-Chile (Sistema de créditos transferible Chile).

¿En qué consiste el perfil de egreso?

El perfil de egreso declara las competencias que alcanzará el estudiante al momento de egresar. Está definido en términos de competencias. Está estructurado en competencias por áreas.

Competencias del área de formación fundamental.

Competencias del área de formación en Ciencias Básicas.

Competencias del área de formación en Ciencias de la Ingeniería.

Competencias del área Disciplinar.


Estas a su vez se estructuran en Dominios (ámbitos en que se desenvolverá el Ingeniero en Mecatrónica)

¿Dónde puedo encontrar el Perfil de Egreso?

En la página Web de la Universidad de Talca, menú de admisión.

¿Cuántas prácticas debo realizar en mi Plan de Formación?

De acuerdo al plan de estudios de la carrera de Ingeniería en Mecatrónica, los alumnos deben realizar dos prácticas pre-profesionales como requisito para obtener el título de Ingeniero en Mecatrónica.

La aprobación de la Práctica I es condición necesaria para la obtención del grado de Licenciado, mientras que la Práctica II lo es para la obtención del Título Profesional.

La primera se realiza después que haya completado el tercer año del currículo y la segunda después de completar el cuarto año.

Existe un reglamento establece los requisitos y condiciones bajo las cuales se deben realizar estas actividades.

¿Cuáles son los objetivos de la Práctica I o Introductoria?

•Desarrollar capacidades y aptitudes para integrarse a equipos de trabajo y experimentar las relaciones laborales.

•Conocer una organización productiva en sus niveles operativos.

•Desempeñarse como apoyo de unidades operativas de mantenimiento y producción en empresas industriales que usen equipos o sistemas mecatrónicos.

La duración es de 4 semanas de jornada laboral (o el equivalente a 162 horas) mínimo.

¿Cuáles son los objetivos de la Práctica II o de Diseño?

•Desarrollar capacidades y aptitudes para integrarse a equipos de trabajo, relacionándose con operarios y supervisores.

•Aplicar los conocimientos adquiridos durante la carrera a una situación real, analizando y participando o realizando un proyecto que dé una solución práctica a un problema de la empresa, relacionado con equipos o sistemas mecatrónicos.

•Proponer (eventualmente) un tema para un trabajo de titulación.

La duración es de 4 semanas de jornada laboral (o el equivalente a 162 horas) mínimo.

¿Puedo solicitar postergación de estudios?

Afirmativo. El artículo 37 del REE, indica que a partir del segundo año de permanencia en la Universidad, todo alumno regular tendrá derecho a postergar sus estudios dentro del plazo que establece el calendario académico. La postergación de estudios implica la eliminación de los registros de todas las calificaciones obtenidas por el alumno durante el período académico correspondiente y la exención del pago del arancel de dicho período.

Para ejercer este derecho, el alumno deberá:

a) Informar a la Dirección de la Escuela, en los plazos establecidos en el calendario académico.

b) No haber postergado sus estudios por un período de un año o de dos semestres durante el transcurso de su carrera.

c) No encontrarse en mora en sus compromisos financieros con la Universidad ni adeudar material bibliográfico.

¿Puedo solicitar retiro temporal?

Afirmativo. El artículo 39 del REE, indica que partir del segundo año de permanencia en la Universidad, todo alumno regular tendrá derecho a retirarse temporalmente de sus estudios dentro del plazo que establece el calendario académico.

El retiro temporal implica la eliminación de los registro de todas las calificaciones parciales obtenidas por el alumno durante ese periodo y el pago total del arancel correspondiente al periodo de dicho retiro.

Para ejercer este derecho, el alumno deberá:

a) Informar a la Dirección de la Escuela, en los plazos establecidos en el calendario académico.

b) No haberse acogido a retiro temporal en el período académico inmediatamente anterior.

c) No haberse acogido a retiro temporal en dos oportunidades anteriores.

d) No estar cursando una asignatura en tercera oportunidad.

e) No encontrarse en mora en sus compromisos financieros con la Universidad ni adeudar material bibliográfico.